lunes, 27 de abril de 2026

CAPITULO IV: ROBO EN LA FINCA "LA LAGUNA" OCURRIDO EL DIA 14 DE OCTUBRE DE 1940

Casa de la Finca "La Laguna" Fuente: Pasión por Montoro

El 15 de octubre de 1940, sobre las nueve de la mañana, se personó en la casa-cuartel de la guardia civil de Montoro, ante Moisés Gómez García alférez jefe de la línea establecida en dicha ciudad, perteneciente a la segunda compañía de la comandancia de Córdoba, quien dijo ser y llamarse Domingo Cerezo Lara, mayor de edad, casado, del campo, natural y vecino de Montoro, domiciliado en la calle Llana número 10, denunciando que sobre las diez y siete y treinta horas del día anterior, en el Cortijo “La Laguna” del término de Montoro y propiedad del compareciente, se presentaron cuatro individuos desconocidos, vestidos con ropa de campo tres, y uno de militar, pareciéndoles de la parte de Cardeña, por su forma de hablar, preguntándole por el dueño y como le dijera que estaba en el pueblo, empezaron a registrar la casa, amenazándole con las armas consistentes en tres fusiles rusos o checos, pistolas del nueve largo al pecho, de edad aproximada entre treinta a cuarenta años y se llevaron dos costales con harina, una fanega de garbanzos, unos zapatos de campo, una cántara llena de aceite y una garrafa o cantimplora de latón con media arroba de igual líquido todo en un mulo que después apareció en las inmediaciones de la finca a la mañana siguiente. Que la hora que se marcharon fue sobre las veinte, ignorando la dirección que pudieran haber tomado, haciéndoles la advertencia de que no dijera nada a nadie.

Por medio de diligencia se exponen las actuaciones de proceder, haciéndose constar que habiéndose dicho que la dicción de los huidos podía ser la propia de personas de la localidad limítrofe de Cardeña, se dispuso por el alférez de la guardia civil Gómez García, el correspondiente reconocimiento por los lugares sospechosos en los contornos del lugar de la ocurrencia de los hechos, sin que a pesar de haber desplegado el máximo de actividad, se hubiera conseguido en aquel momento el menor indicio o vestigio que pueda llevar al esclarecimiento de los hechos, continuándose la práctica de diligencias.

El atestado levantado al efecto, es entregado en Córdoba, a la autoridad judicial el 26 de octubre de 1940, correspondiéndole la instrucción al Juez-Capitán de Caballería don Luis Velasco Arenas, el que inmediatamente remitió oficio al Comandante de Puesto de la Guardia Civil de Montoro, interesando la busca y captura de los cuatro individuos autores de los hechos.

El 22 de enero de 1941, por medio de oficio contesta el comandante de puesto de la guardia civil de Montoro, Nicolás Parra, en el sentido siguiente: Que se han practicado por el que suscribe y fuerzas de este Puesto las gestiones que en el mismo se interesan para la busca y captura de los autores del robo a mano armada en la finca “La Laguna” y hasta la fecha no han sido habidos en esta demarcación y se ignora el paradero de los mismos significándole que se continúa y de obtener resultado alguno favorable en su día dará cuenta oportuna a su autoridad.

El 19 de mayo de 1941, el Juez Velasco Arenas vuelve a reiterar al Jefe de la Línea de la Guardia Civil de Montoro, la realización de nuevas diligencias en averiguación del paradero de los individuos que cometieron el hecho y caso de ser habidos, verificar su detención, solicitándose asimismo que las autoridades locales de Montoro, informen sobre los individuos que aparecen en el atestado de la guardia civil. En contestación a este requerimiento, constan unidos al sumario dos oficios, uno de fecha 7 de junio de 1941 de la guardia civil de Montoro, informando que no han dado resultado positivo las diligencias practicadas para la identificación y detención de los autores, indicando que continúan con las mismas y darán cuenta, en caso favorable, y un segundo oficio, procedente de la Delegación Local de Falange de dicha población, informando que el denunciante Domingo Cerezo Lara, carece de antecedentes políticos, habiendo observado siempre buena conducta.

El 20 de mayo de 1942, la guardia civil de Montoro, en cumplimiento de un nuevo requerimiento, reitera el resultado negativo de las actuaciones que llevan a cabo, como se hace constar en el anterior párrafo. Por lo que por providencia de 2 de junio del mismo año, el Juez Velasco Arenas acuerda publicar requisitoria en el Boletín Oficial de la Provincia, interesando la comparecencia ante el Juzgado, de los individuos que llevaron a cabo el hecho delictivo, publicándose a tal efecto edicto en dicho periódico oficial nº 142 de 16 de junio de 1942, del tenor literal siguiente:

Una vez unido al procedimiento un ejemplar del BOP de Córdoba, donde consta inserta la requisitoria, con fecha 6 de julio de 1942, se dictó diligencia declarando la rebeldía de los autores de robo en la finca “La Laguna”, remitiendo el sumario al Capitán General de Sevilla, quien a su vez interesa informe del Auditor de Guerra de la Segunda Región Militar, el cual informa en el sentido de que habiéndose cometido un delito, del que no es posible acusar a personas determinadas, procede acordar el sobreseimiento provisional de la causa, conforme al nª 2 del art. 538 del Código de Justicia Militar. Acordándose dicho sobreseimiento por el Capitán General de la Segunda Región Militar con fecha 27 de octubre de 1942. Quedando archivado referido Sumario nº 1340/1940, hasta nuestros días[1].

 



[1] Para la elaboración de este trabajo se ha tenido en cuenta lo que obra en el Sumario instruido por el Juzgado Militar nº 12 con sede en Córdoba, estando algunas expresiones recogidas literalmente, conforme en el mismo consta.


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