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| Finca "Churretales Altos" |
Al atardecer del 24 de enero de
1941, cuatro individuos armados se personaron en el Cortijo “Churretales Altos”
y en el “Molino Alcalá”, situados al oeste del término municipal de Montoro, en
las proximidades de la linde con el de Adamuz y de un enclave genuino, como es el “Cerro El Ermitaño”, con el fin de aprovisionarse por la
fuerza, entre otras cosas, del rico aceite que se produce por aquella zona.
Esto provocó, que a las nueve horas del veinticinco de enero de ese año y ante Rafael Cuadra Flores, cabo de la guardia civil de la quinta compañía de la Comandancia de Córdoba, destinado en el Puesto de Espejo (Córdoba) y en ese momento, concentrado como Jefe del Destacamento ubicado en la finca “Navalpedroches”, del término municipal de Adamuz, relativamente cerca al lugar donde se produjeron los hechos, comparecieran, la casera de la finca “Alcalá” llamada Catalina Huertas Martínez, de 33 años, casada, natural y vecina de Villanueva de Córdoba, domiciliada en calle Castillejo nº 16; el talador o “cortaor” de la misma finca llamado Alfonso Jurado Manosalvas, de 34 años de edad, casado, natural y vecino de Adamuz, domiciliado en calle Chinchilla nº 10; el encargado de la finca “Churretales Altos” Juan Jurado Benavides[1], de 54 años, casado, natural y vecino de Montoro, con domicilio en calle Calvo Sotelo nº 5[2]; y por último, el maestro de molino de dicha finca, llamado Miguel Carpintero Cachinero, de 47 años, casado, natural y vecino de Montoro, domiciliado en calle Marchantes nº 23. Todos ellos denunciaron, los dos primeros, que serían sobre las dieciocho horas del día anterior, cuando se presentaron en el caserío de “Alcalá”, cuatro individuos armados de fusiles y pistolas y preguntándole a la casera, que qué personal había en la casa, la que le contestó que estaba sola con tres hijos pequeños, preguntándole seguidamente si se molía en el molino de aceite de la finca, a lo que contestó que se encontraba parado este año, disponiéndose a marcharse los individuos en el momento en que llegaba a la casa el talador, preguntándole a éste lo mismo que a la casera, obligándole a que se metiera en el interior de la casa y que no saliera, hasta el día siguiente, viendo ambos como los cuatro individuos armados, se dirigían a la finca colindante llamada “Churretales Altos”. Acto seguido el encargado de “Churretales Altos” y el maestro de molino, manifestaron que sería aproximadamente la hora indicada, cuando se presentaron en dicha finca, donde existe un molino aceitero y preguntaron por el encargado y una vez se identificó le dijeron que cuantas caballerías y aparejos para las mismas habían en la finca, contestándole que había cinco caballerías y dos aparejos, pidiéndole uno de estos, se lo dio, el cual estaba bastante usado y manchado de grasa, como de haber sido utilizado para acarrear aceituna; preguntándole acto seguido por el maestro molino, el declarante le llamó y presentándose el mismo a los dos individuos que estaban dentro de la casa, por haber quedado otros dos en el exterior a la vigilancia de la misma, diciéndole los dos que estaban en el interior, que tenían que darle dos arrobas de aceite, preguntándole el encargado que sí traían envase, toda vez que allí no lo había y cogiendo los individuos, dos cantaros de agua, los desocuparon y llenaron de aceite, cargando los cantaros en una caballería mular de pelo negro que dichos individuos llevaban, metiéndolos en un cerón viejo que de la finca se llevaron y pidiendo un saco al encargado, que llenaron de cebada, calculando que la cantidad que pudieran haberse llevado de ese cereal en una fanega aproximadamente, marchándose acto seguido y advirtiendo al personal que allí había, que no salieran y si salía alguno de ellos, serian muertos, ignorando la dirección que pudieran haber tomado. Cuyos individuos eran de las señas siguientes: Uno de ellos, bajo, gordo, pelo rubio rizado, vistiendo pantalón de pana oscuro, cazadora de cuero y zahones de becerro engrasados, calzando botas y polainas de campo, sin prenda de cabeza; otro alto, delgado, vistiendo pantalón de pana y abrigo de cuero, calzado con botas y polainas de campo, cubierto con boina negra; otro bajo, metido en carnes, color moreno, vistiendo pantalón de pana negro, pelliza a cuadros grandes con rayas claras y cuello con piel de zorro, calzado con botas y polainas como los anteriores, descubierto con pelo negro, largo y peinado hacia atrás y el otro, alto, moreno, delgado, con cara alargada, vistiendo pantalón de pana negro, cazadora color kaki, calzado como los anteriores, descubierto, todos ellos de unos treinta y cinco a treinta y ocho años.
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| Extracto del atestado que dio comienzo a las diligencias judiciales. |
Tras la interposición de la
denuncia, el instructor del atestado acompañado de los guardias José Perejón
Gallego y Rafael Romero Naharro y del sargento de la policía militar Antonio
Gallardo Ortíz, se trasladaron hasta el lugar de los hechos, recibiendo
declaración al mulero de la finca “Churretales Altos”, Juan José Fernández
Romero, de 45 años, casado, natural y vecino de Villanueva de Córdoba,
domiciliado en calle Palma nº 16, el que dijo que serían las dieciocho horas del día de ayer, cuando se presentaron
en el caserío cuatro individuos armados de pistolas y fusiles, y después de
entrevistarse con el encargado, preguntaron por el mulero y llamado este, le
dijeron que sacara el mejor aparejo que tuvieran y se lo pusiera a una caballería mular de pelo negro, que estos traían y ordenándole que la aparejara,
a lo que este obedeció, y una vez preparada, le pusieron un cerón y cargaron dos cantaros de aceite y un saco con
cebada, marchándose seguidamente y advirtiendo antes de marchar, que no saliera
nadie de la casa, hasta que no fuera de día.
Igualmente se le recibió
declaración al operario de la finca, Pedro José Gutiérrez Romero, de 22 años,
soltero, natural y vecino de Villanueva de Córdoba, domiciliado en calle San
Martín nº 5, el que manifestó, que serían
sobre las dieciocho horas del día anterior, cuando se presentaron en el
caserío, cuatro individuos armados de fusiles y pistolas, preguntado que sí en
la casa había fuerza de la guardia civil, a lo que le contestaron que no y
preguntando por el encargado le dijeron a este que, qué caballerías habían y
donde estaba el mulero y el maestro de molino. Llamados ambos, preguntaron
al mulero que cuantos aparejos había en la casa y que el mejor que hubiera se
lo colocara a la caballería que ellos traían, así como al maestro molino, le
ordenaron que llenara dos cantaros de aceite y, pidiéndole al encargado un saco
de cebada, lo cargaron todo en la caballería que ellos traían y se marcharon
seguidamente, advirtiéndoles antes, que no saliera nadie de la casa hasta que
fuera de día, por la cuenta que les tenía.
Mientras tanto, el resto de agentes de la guardia civil recorrieron todas las inmediaciones del lugar donde ocurrió el robo, así como los caseríos inmediatos, caminos y barrancos de la demarcación policial, no pudiendo hallar noticia alguna, ni huellas, acerca de la dirección que pudieran haber tomado los autores del robo, continuándose dichas diligencias, incluso tras la finalización del atestado, las que de resultar favorables, se daría cuenta al juzgado por medio de la ampliación del mismo.
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| Mapa de situación de "Churretales Altos" |
El 23 de febrero de 1941, el
destacamento de la guardia civil, ubicado en la finca “Navalpedroche” de
término de Adamuz, informa al Juez de Instrucción Militar nº 12 de Córdoba,
encargado de la investigación de los hechos que nos ocupan, que por el momento,
no habían dado resultado positivo las gestiones que venían practicando,
tendentes a averiguar las circunstancias de los hechos y la identidad de sus
autores.
Por el juez instructor se acuerda
enviar exhorto al Juzgado de Villanueva de Córdoba, para ampliar declaración de Catalina Huertas Martínez, Juan José Fernández Romero y Pedro José
Gutiérrez Romero, quienes ratifican la declaración prestada ante la guardia
civil y a preguntas dicen que no
conocieron, ni después han tenido conocimiento alguno, sobre la identidad de
los sujetos, que armados de fusiles y pistolas, asaltaron la finca “Churretales
Altos”.
En el boletín oficial de la
provincia de Córdoba número 137 de fecha 10 de junio de 1942, se publicó
requisitoria por medio de la cual, se emplazaban a los autores del robo de
autos, para que en el plazo de quince días comparecieran en el juzgado, bajo el
apercibimiento que de no hacerlo serían declarados en rebeldía.
El 5 de septiembre de 1942, el
juez instructor al haber practicado las diligencias necesarias para averiguar
los hechos y la identidad de los autores, sin que éstas dieran resultado
positivo, propuso al capitán general de Sevilla, el sobreseimiento provisional
de la causa y su archivo, hasta mientras fueran hallados los cuatro responsables
del delito.
El auditor de guerra mediante
escrito de 16 de octubre de 1942, informó que con arreglo al artículo 538 del
Código de Justicia Militar, vigente en aquella fecha, y al estar identificados
los culpables de los hechos, procedía decretar el sobreseimiento provisional y
el archivo de la causa. Siendo decretado dicho sobreseimiento provisional por
el capitán general Miguel Ponte y Manso de Zúñiga con fecha 23 de octubre de
1942.
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| Miguel Ponte, Capitan Gral de Sevilla en aquella época. |
Constando fechada la última diligencia el 25 de enero de 1943, por la que se dejaba constancia, del cumplimiento del archivo provisional que había sido decretado en su día[3].
[1] Hermano
de Pedro Jurado Benavides a) El Puenquero, destacado miembro del Frente Popular
al inicio de la Guerra Civil en Montoro.
[2] Hoy Calle El Santo de Montoro.
[3] Lo
anteriormente relatado consta en el sumario instruido en aquellas fechas por el
Juzgado de Instrucción Militar nº 12 de Córdoba, siendo copiadas literalmente
algunas de las manifestaciones en él recogidas.



